Ponderación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del principio preventivo y precautorio
dc.contributor.advisor | Caramazza, María Lorena | |
dc.contributor.author | Sotelo, Mabel Julieta | |
dc.date.accessioned | 2022-01-26T18:58:55Z | |
dc.date.available | 2022-01-26T18:58:55Z | |
dc.date.issued | 2021-07 | |
dc.description.abstract | Actualmente los problemas ambientales constituyen una preocupación creciente en las sociedades humanas. Es impensable un planeta habitable si sus ambientes, recursos biológicos y físicos no son preservados. Dichos problemas se relacionan con los efectos de las actividades humanas como extracción, producción y disposición final de residuos que generan un perjuicio al medio ambiente. Ante esto, es necesario que nuestro sistema jurídico ejecute políticas ambientales, contra el agravio que pueda sufrir nuestro medio ambiente. En 1994, tuvo lugar la innovación institucional más importante hasta hoy en lo que respecta a la protección ambiental en Argentina: la consagración constitucional del derecho al ambiente sano introducida mediante la reforma de ese año. Estas normas permiten actuar judicialmente ante toda lesión, amenaza o restricción de un derecho o garantía reconocido por la Constitución, de todo acto u omisión de autoridades públicas o de particuPor lo que el Estado debe promover y planificar el uso racional de los recursos naturales para el logro del bienestar general, tanto de las actuales generaciones de habitantes, como de las generaciones futuras. Por consiguiente, la relevancia jurídica del fallo seleccionado se encuentra relacionada con el derecho al medioambiente sano, el cual se ha vulnerado, y como así también tiene que ver con la salud de los habitantes de la ciudad de Santa Fe. Habiendo dicho esto se puede entrever que el derramamiento de residuos peligrosos líquidos y gaseosos y el enterramiento de estos mismos, afecta de forma directa el subsuelo, suelo, agua del río Paraná y el agua que también es considerada para consumo humano. Su relevancia jurídica radica justamente en la ponderación y análisis que realiza la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto a los problemas jurídicos que se encuentran en esta sentencia. Los mismos son: de relevancia, axiológico y lógico por contradicción normativa. El primero de estos se refiere a una discusión sobre qué norma aplica, analiza y sentencia la Corte o el Tribunal. En este caso la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN en adelante), sentencia mediante la Ley 25.675 (Ley 25.675, 2002)lares, los cuales se encuentran protegidos al ser derechos de incidencia colectiva. | es |
dc.description.abstract | DESTACADO | |
dc.identifier.uri | https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/21643 | |
dc.language.iso | spa | es |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
dc.subject | Medioambiente | es |
dc.subject | Derecho Ambiental | es |
dc.title | Ponderación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del principio preventivo y precautorio | es |
dc.title.alternative | Corte Suprema de Justicia de la Nación, Asociación Civil Protección Ambiental del Río Paraná, Control, Contaminación y Restauración del Hábitat y otro contra Carboquímica del Paraná Sociedad Anónima y otro sobre incidente de medida cautelar, 02 de julio del 2020. | es |
dc.type | bachelorThesis | es |
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