Abstract
Claro está, que el medio ambiente trasciende a la ecología. El primero de ellos es
un término propio del mundo de la cultura, mientras que el segundo en cambio es
propio de la naturaleza. Simple es esta distinción, cabe aclarar no obstante a ello que el
medio ambiente o entorno involucra al ambiente natural y al inducido. Este último
conlleva la injerencia humana en el primero. Nuestra constitución reconoce ahora, a
todo habitante, el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo
humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin
comprometer las de las generaciones futuras y tienen el deber de preservarlo (art. 41).