Abstract
En el presente Trabajo Final de Graduación (TFG) se plantea como tema central de investigación analizar si es posible resarcir el daño extrapatrimonial a las personas jurídicas.
El sistema de la responsabilidad civil exige como uno de los presupuestos de su procedencia que exista un daño.
El Código Civil y Comercial define al daño como la lesión a un derecho subjetivo o a un interés legítimo y agrega que para que sea resarcible o indemnizable, debe necesariamente generar consecuencias disvaliosas, ya sea en el ámbito patrimonial o extrapatrimonial.
Existen numerosos derechos sin contenido económico, como el nombre, la honra, la intimidad, que son dignos de protección y cuya violación ocasiona un daño a su titular.
Desde este enfoque objetivo resulta indudable que también las personas jurídicas son titulares de ese tipo de derechos, y que si en alguna manera se los menoscaba, corresponde una indemnización, aunque la persona jurídica no sea pasible de dolor.