La posibilidad de resarcimiento del daño extrapatrimonial a las personas jurídicas
Fecha
2020
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Resumen
En el presente Trabajo Final de Graduación (TFG) se plantea como tema central de investigación analizar si es posible resarcir el daño extrapatrimonial a las personas jurídicas.
El sistema de la responsabilidad civil exige como uno de los presupuestos de su procedencia que exista un daño.
El Código Civil y Comercial define al daño como la lesión a un derecho subjetivo o a un interés legítimo y agrega que para que sea resarcible o indemnizable, debe necesariamente generar consecuencias disvaliosas, ya sea en el ámbito patrimonial o extrapatrimonial.
Existen numerosos derechos sin contenido económico, como el nombre, la honra, la intimidad, que son dignos de protección y cuya violación ocasiona un daño a su titular.
Desde este enfoque objetivo resulta indudable que también las personas jurídicas son titulares de ese tipo de derechos, y que si en alguna manera se los menoscaba, corresponde una indemnización, aunque la persona jurídica no sea pasible de dolor.
Descripción
Palabras clave
responsabilidad civil, daño patrimonial, daño extrapatrimonial, persona jurídica, resarcimiento