La posibilidad de resarcimiento del daño extrapatrimonial a las personas jurídicas

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2020

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Resumen

En el presente Trabajo Final de Graduación (TFG) se plantea como tema central de investigación analizar si es posible resarcir el daño extrapatrimonial a las personas jurídicas. El sistema de la responsabilidad civil exige como uno de los presupuestos de su procedencia que exista un daño. El Código Civil y Comercial define al daño como la lesión a un derecho subjetivo o a un interés legítimo y agrega que para que sea resarcible o indemnizable, debe necesariamente generar consecuencias disvaliosas, ya sea en el ámbito patrimonial o extrapatrimonial. Existen numerosos derechos sin contenido económico, como el nombre, la honra, la intimidad, que son dignos de protección y cuya violación ocasiona un daño a su titular. Desde este enfoque objetivo resulta indudable que también las personas jurídicas son titulares de ese tipo de derechos, y que si en alguna manera se los menoscaba, corresponde una indemnización, aunque la persona jurídica no sea pasible de dolor.

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Palabras clave

responsabilidad civil, daño patrimonial, daño extrapatrimonial, persona jurídica, resarcimiento

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