Abstract
El mundo globalizado nos enfrenta cada día más a la idea de surcar nuestras fronteras en busca de respuestas al tratamiento de delitos cada vez más planificados y organizados.
Con el advenimiento de los tiempos las diferentes sociedades del mundo encontraron en los grupos criminales organizados nuevas formas de delinquir, donde se balancearon resultados más provechosos asegurándose mayor impunidad.
Era de esperar que los estados mundiales a través de sus representantes internacionales y tal como lo venían realizando en base a delitos trasnacionales abordaran esta problemática puntualmente en la convención de Palermo, convocada en Italia en el año 2000 como una forma de unir saberes y fuerzas para contener su avance intempestivo.
Con este objetivo abordaremos lo que está previsto en nuestro derecho interno bajo la figura de la asociación ilícita intentando indagar si la misma encuadra con lo previsto por la normativa de la Convención.