Abstract
El control de constitucionalidad fue instituido como una de las bases fundantes del Estado de Derecho. A pesar de los límites que se la han impuesto y las resistencias, tanto políticas como jurídicas, y sin estar expresamente contemplado, ha subsistido hasta nuestros días, como poder implícito de los Jueces.
Junto a la división de poderes, conforman el epítome de la democracia y garantizan su pleno funcionamiento en cuanto a la racionalidad de las decisiones de los poderes públicos y al goce de los derechos fundamentales de todas las personas amparadas por este régimen de libertad
Es el guardián del cumplimiento de la gigantesca carga axiológica que nuestra Constitución manda a cumplir para el desarrollo de una sociedad justa, equitativa y razonable, Así las cosas, investimos este control como garantía del éxito de una democracia anhelada, depositamos en y a través de él, nuestra fe y compromiso para fortalecerla, porque hasta ahora parece nugatoria y quimérica, resistida y manipulada por ciertos poderes que se pretenden absolutos y perfectos.