CUANDO LOS PRINCIPIOS AMBIENTALES NO SE AJUSTAN A EVITAR EL IMPACTO COLECTIVO DEL DAÑO AMBIENTAL.

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2020

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La tutela del ambiente importa el cumplimiento de los deberes que cada uno de los ciudadanos tienen respecto del cuidado de los ríos, de la diversidad de la flora y la fauna, de los suelos colindantes, de la atmósfera. Estos deberes son el correlato a los derechos que esos mismos ciudadanos tienen para disfrutar de un ambiente sano, para sí y para las generaciones futuras; ya que el daño que un individuo causa al bien colectivo se lo está causando a sí mismo. La mejora o degradación del ambiente beneficia o perjudica a toda la población, porque es un bien que pertenece a la esfera social y transindividual, y de allí deriva la particular energía con que los jueces deben actuar para hacer efectivos estos mandatos constitucionales. (Lorenzetti, 2008).
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daño ambiental, fallo

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