Interpretación decisiva en dos leyes que entran en conflicto

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2022-05

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El derecho de acceso a la información pública es una herramienta clave en el manejo de recursos públicos por ser un elemento esencial del sistema republicano de gobierno para la rendición de cuentas y la transparencia de sus operaciones. En una sociedad democrática es indispensable que las autoridades estatales se rijan por el principio de máxima divulgación, porque su efectivo accionar conlleva a promover la participación ciudadana y la transparencia en la gestión pública. El derecho de buscar y recibir información ha sido consagrado expresamente por la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre art. IV, (1.948) y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) art. 13.1, (1.969). La Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través del Artículo 1o (Const., 1994, art 1), de los Artículos 33, 41, 42 y concordantes del Capítulo Segundo y del Artículo 75 inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos tratados internacionales, (Const., 1994, art. 33,41,42 y 75, inc., 22,).

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Keywords

Nota a Fallo, Modelo de Caso, Información Pública

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