Entre el despido a causa de matrimonio del trabajador varón y la igualdad ante la ley

Fecha

2023-09

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Resumen

El tema seleccionado para la realización de la nota a fallo es Derecho fundamentales en el mundo del Trabajo. La elección se debe principalmente a que es una rama del derecho que personalmente es de mi agrado y ha permitido que conozca sobre la relación entre empleadores y dependientes logrando así identificar mis derechos y obligaciones como trabajadora. El despido es un acto jurídico: “unilateral de una de las partes, dirigida a la otra y recibida (no aceptada) por ésta, que tiene por objeto la terminación del contrato” (Krotoschin, 1993, p.152). Un trabajador puede ser despedido mediando múltiples causales siendo una de ellas el acto de haber contraído matrimonio. En el artículo 181 de la Ley de Contrato de Trabajo se regula el despido por matrimonio el cual debe ser: “dispuesto sin invocación de causa por el empleador, o no fuese probada la que se invocare, y el despido se produjere dentro de los tres (3) meses anteriores o seis (6) meses posteriores al matrimonio” Es importante resaltar que en el fallo analizado se realiza una exhaustiva interpretación de los artículos comprendidos entre el 180 y 182 de la LCT, ya que se reconoce que no resultan de aplicación exclusiva para la mujer. La normativa también ampara de manera igualitaria los derechos del trabajador varón y resultan extensivos a la protección de la familia. Se distingue una nueva visión respecto a la conformación de la familia, ya que el matrimonio puede estar constituido por personas de igual o distinto sexo.

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Palabras clave

Modelo de caso, Derecho laboral, Despido discriminatorio

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