Ambiente como bien colectivo

Fecha

2021-09

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Resumen

En el Fallo: C.S.J.N “La Pampa, Provincia de c/ Mendoza, Provincia de s/ uso de aguas” (2017) se analizará, si los conflictos de carácter ambiental dirimidos entre dos provincias, es competencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación o son competencia pura y exclusivamente de las provincias. Más allá de las cuestiones jurisdiccionales podemos mencionar que este fallo es de vital importancia ya que, lo que se pone en juego es el uso del Río Atuel, que, si bien es un conflicto interprovincial, las consecuencias ambientales de ese mal uso, al día de la fecha son irreparables y perjudican a toda una comunidad, es así que podemos decir que estamos ante un conflicto de incidencia colectiva que debe ser analizado como tal, y recibir una respuesta inmediata, para que las consecuencias de su reparación no sean han aún mayor y perjudique a las generaciones futuras. Aun así, habiendo la CSJN fallado en el año 2017, que se disponga la creación de un comité interjurisdiccional para la cuenca del Río Atuel, con la participación del Estado Nacional, la Provincia de La Pampa, sigue en presencia de un daño ambiental irreparable y sin un caudal fluviecológico de manera continua, para que los pobladores del lugar puedan desarrollar sus actividades económicas y vivir en la zona aledaña al Río Atuel, evitando así el uso del mismo para las generaciones futuras.

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Palabras clave

Derecho ambiental

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