Bianciotto, Ricardo A. y otros s/daño agravado y usurpación
dc.contributor.advisor | Universidad Siglo 21 | |
dc.contributor.author | Santo, Maricel Cintia | |
dc.date.accessioned | 2022-03-22T19:42:14Z | |
dc.date.available | 2022-03-22T19:42:14Z | |
dc.date.issued | 2021-06 | |
dc.description.abstract | La preocupación de tener un medio ambiente sano y preservarlo para futuras generaciones es un tema que va sumando fuerza a lo largo de los años. Con la reforma de 1994 se lo incluyó en nuestra Constitución Nacional mediante el artículo 41 “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”. Cada provincia por su parte debe incluir en sus reglamentaciones, normas y leyes que acompañen y motiven dicha protección. Por su parte, la Constitución de la provincia de Tierra del Fuego establece: Todo habitante tiene derecho a gozar de un medio ambiente sano. Este derecho comprende el de vivir en un ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, la conservación de los recursos naturales y culturales y los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y fauna. (Ley 0, 1991, art. 25) | es |
dc.identifier.uri | https://repositorio.21.edu.ar/handle/ues21/22222 | |
dc.language.iso | spa | es |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
dc.title | Bianciotto, Ricardo A. y otros s/daño agravado y usurpación | es |
dc.type | bachelorThesis | es |
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