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El alcance normativo del art. 181 de la LCT

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El matrimonio, estuvo desde tiempos antiguos delimitado por preceptos sociales y religiosos; incluso en la clásica Roma, siendo una cuestión que concernía a temas privados, limitándose el Estado a receptarlo en línea con las normas religiosas o consuetudinarias (Salinas 2014). En la actualidad, diversos cuerpos normativos resguardan la institución del matrimonio como un bien jurídico de capital importancia. Esto surge de forma evidente en el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCCN) puesto que dedica su libro II a las relaciones de familia, allí el matrimonio es central.
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Normativo, Puig Fernando Rodolfo, Despido

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