La prestación de servicio y su importancia jurídica

Fecha

2022-09

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Resumen

En la presente nota a fallo se analizará una sentencia que pone en discusión qué tipo de relación laboral posee el personal médico. Parte de la doctrina dispone que la relación de dependencia que caracteriza al derecho del trabajo, se extiende a toda actividad humana, tanto en la producción de bienes como así también de servicio. La Ley 20.744 (Ley 20.744, 1976), en adelante LCT, dispone que frente al hecho de prestación de un servicio se presume la existencia de un contrato laboral, salvo que por relaciones, circunstancias o causas el empleador pueda demostrar lo contrario (De Diego, 2019). El fallo de autos “SAUL MARA MILAGROS C/ DOCTOS ́S S.R.L. Y OTROS – Ordinario – Despido” (TSJ Cba, 104, 2018), del Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba (TSJC) en su sala laboral, llega por casación a ese tribunal y resulta relevante porque se discute la relación de dependencia, de una médica con el instituto de medicina Docto’s S.R.L. Es un caso destacado ya que, dictaminan dos sistemas de contratación con respecto a los médicos, siendo uno la relación de dependencia y el otro, como locación de servicios.

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Palabras clave

Nota a Fallo, Despidos, Derecho Laboral

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