Prevenir, lo esencial en materia ambiental

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Al contemplar el desinterés que las empresas en el presente siglo y a lo largo de la historia han tenido por preservar el ambiente, priorizando un lucro meramente económico, es que la Justicia se ve obligada a imponerles un límite mediante el dictado de sus sentencias. Aunque actualmente se encuentra diversa normativa referente, se hace hincapié en dos pilares fundamentales que contribuyen a la construcción de un ambiente de calidad, la ley General de Ambientes a nivel nacional, sancionada por el histórico congreso en el año 2002; y en el territorio de la Provincia de Buenos Aires se encuentra la Ley No 11.723 “Ley Integral del Medio Ambiente y los Recursos Naturales”, que data del año 1995. Aunque la normativa nacional es posterior a la ley provincial, ésta última la complementa de un modo adecuado. Para los fines de este análisis se mencionan algunos aspectos que éstas establecen: la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable, principios de la política ambiental, evaluación de impacto ambiental, educación e información, participación ciudadana y daño ambiental, entre otros.
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