Cuando el derecho crea categorías sospechosas de discriminación la mujer y limita su autonomía reproductiva

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2022-12

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El fallo que se propone analizar se centra en el tema cuestiones de género. Sobre ello el puntapié inicial será el derecho a la igualdad el que se encuentra consagrado en la Constitución Nacional-art, 16- y en el bloque de constitucionalidad-art. 75 inc. 22CN- presentándose generalmente asociado al ejercicio de otros derechos que se ven vulnerados (Treacy, 2011), por ejemplo la igualdad en el ejercicio de los derechos reproductivos, como el caso de autos. Es así que si bien la Ley Fundamental consagra el principio de igualdad formal como no discriminación-art.16- reconociendo a todas las personas, los mismos derechos y su ejercicio en iguales circunstancias (Basterra, 2013), ocurre que las desigualdades entre hombres y mujeres y las actitudes paternalistas en el campo de la salud repercuten en el libre ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres generándose violencia contra ellas y violación de sus derechos humanos fundamentales (Mendiri, Bernáldez, Casado Blanco, y Santos Redondo, 2017). De esta manera como explica González Moreno (2017) siendo la maternidad un lugar relegado desde antaño a la mujer, las normas que de los derechos reproductivos se ocupan han solidificado estructuras de dominación limitando la autonomía reproductiva de la mujer conteniendo términos que determinan su inclusión o exclusión de determinados derechos conexos.
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Análisis en el marco de la causa, Modelo de Caso, Cuestiones de Género

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