Trabajo final de grado
Acceso abierto
El balance entre interés público y derechos individuales en la expropiación con fines ambientales
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Fecha
Autores
Yapura, Jonatan Esequiel
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Editor
Universidad Siglo 21
Resumen
El artículo 17 de la Constitución Nacional dice que “La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada”. La expropiación debe ser comprendida como un “acto unilateral de poder de la autoridad expropiante, por el cual ésta adquiere la propiedad del bien declarado de utilidad pública sin el concurso de la voluntad del expropiado y sin otro presupuesto legal que el pago de la indemnización” (Santiago, 2006, p. 4).
La excelencia del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Mercau, María del Rosario y otro c/ Municipalidad de Merlo s/ acción contencioso administrativa” pone en evidencia la necesidad de establecer si la creación de una reserva natural, en donde no se pueda edificar como así tampoco realizar loteos, resulta realmente beneficiosa para asegurar el equilibrio ecológico y la preservación del ambiente. El fallo expone la situación particular de una expropiación en la cual, aduciendo la importancia de preservar el medio ambiente, el Estado de la provincia de San Luis decide no indemnizar a los propietarios de las hectáreas que han sido expropiadas.