Abstract
El fallo "V., P. G. C/ F., W. E. ORDINARIO- OTROS" destaca por adoptar una perspectiva de género en el análisis judicial, revirtiendo una decisión discriminatoria de primera instancia. Esto refleja un compromiso con la igualdad de género respaldado por tratados internacionales. Juzgar con esta perspectiva implica detectar y corregir desigualdades de género en la interpretación y aplicación de la ley. Se reconoce la importancia de eliminar estereotipos y prejuicios para garantizar la protección de los derechos de las mujeres. El problema jurídico detectado radica en la incorrecta aplicación de normativas, ignorando tratados internacionales con rango constitucional. La solución implica aplicar normativas que protejan los derechos de la mujer y juzgar con perspectiva de género.