La pericial psicológica como causal de revictimización en el proceso penal
Abstract
En la presente nota a fallo se analizará una sentencia dictada por la Sala Penal
del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, en autos caratulados “ALVARADO, Tomás
José y otros p.ss.aa. abuso sexual con acceso carnal calificado por el número de personas
(incidente) –Recurso de Casación-”, en fecha 30 de marzo 2021. Al respecto, la causa se
dio en el marco de una investigación judicial del delito de abuso sexual sufrido por una
víctima mujer, quien padece un trastorno mental por la situación tan sufrible que le tocó
pasar en su niñez. Por lo cual, los diversos jueces que han intervenido en la causa han
intentado dilucidar si el trastorno mental padecido por la víctima, no ha alterado el
testimonio de la realidad de los hechos.
Por lo tanto, en el fallo, el Tribunal se centra en la cuestión probatoria, más
específicamente, en el testimonio de la denunciante, quien configura el órgano de prueba
por ser quien aporta las memorias sobre el suceso delictivo. De allí la importancia de su
palabra, y de conocer si su declaración es fiable, o se halla entremezclada por recuerdos
o sentimientos que pueden hacer disminuir la veracidad de su relato. Sin embargo, la
sentencia destaca con gran amplitud la necesidad de no provocar una revictimización en
quien ha padecido un delito tan grave como el mencionado, a través de la exposición a
innumerables peritos y profesionales a quienes tiene que narrar de manera continua sus
martirios. DESTACADO
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