La subsunción normativa ante la liquidación de bienes resultantes del matrimonio y la perspectiva de género
Abstract
La perspectiva de género, como instrumento jurídico, ha ganado relevancia en diversos procesos, especialmente en casos de violencia contra la mujer. La legislación argentina, respaldada por normas internacionales, incorpora esta perspectiva, destacando la Ley 26.485. El análisis se centra en el caso "G., A. B. C/ M. U. F. S/ Divorcio vincular" del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, donde un divorcio inicial se complica con acusaciones de violencia de género. El problema jurídico reside en determinar si la división de bienes, en un contexto de violencia de género, debe regirse por disposiciones civiles convencionales o si debe aplicarse la perspectiva de género establecida en la Ley 26.485. La relevancia del fallo radica en la necesidad de discernir el encuadre normativo en situaciones donde la voluntad de la parte afectada se ve viciada por la violencia de género al suscribir acuerdos. El análisis abarca aspectos procesales, conceptuales y revisa la doctrina y jurisprudencia relacionada con la aplicación de la perspectiva de género en los tribunales. Se propone una postura personal y conclusiones sobre el fallo en cuestión.
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