El rol de la justicia a la luz de la Ley 26.485: la reinstalación de una agente de tránsito que padeció violencia de género y fue apartada de sus funciones
Abstract
La Ley N° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, promulgada en 2009, aborda diversas conductas que constituyen formas de violencia hacia las mujeres, incluyendo aquellas que se manifiestan en el ámbito laboral. Un fallo reciente de la Cámara en lo Contencioso Administrativo No 1 de Paraná, en el caso "C. M. E. c/ Municipalidad de Crespo s/ violencia de género (M)", destaca la importancia del abuso del ius variandi por parte de la empleadora y su impacto en la trabajadora afectada.
El caso se centra en una empleada del área de Tránsito que denunció violencia y mobbing laboral, resultando en su desplazamiento y remoción casi inmediata después de la denuncia contra un superior. La problemática principal se vincula con la incorrecta valoración de las pruebas, destacando la necesidad de considerar la perspectiva de género. Se subraya la aplicación de las convenciones internacionales, como la CEDAW y la Convención de Belém do Pará, para invertir la carga probatoria y requerir que la demandada demuestre que el traslado no fue consecuencia de la denuncia, ajustándose a los principios de igualdad y no discriminación.
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