Abstract
La nota a fallo aborda el caso "A., M. B. C/ G., H. R.", del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, sobre la liquidación de una sociedad de hecho originada en una unión convivencial sin regulación legal. Destaca la importancia de analizar cómo liquidar los bienes de esta sociedad y qué normativa aplicar. Los jueces concluyen que, aunque la unión convivencial inició bajo el Código de Vélez, se deben usar las disposiciones del Código Civil y Comercial vigente, considerando la perspectiva de género y normativas internacionales. La sentencia sienta un precedente al integrar cuestiones civiles con la obligación de evaluar casos desde la perspectiva de género, presentando un problema jurídico de aplicabilidad de normas entre códigos.
DESTACADO