Abstract
La importancia de este fallo radica en la perspectiva de género al momento de la valoración
de las pruebas en un contexto de violencia de género, en razón de la desigual y asimétrica relación
entre el victimario y la víctima, en concordancia con la normativa local y tratados internacionales
que previenen la violencia de género, así como también los que velan por los derechos del niño.
Entonces, en primer término, en el fallo bajo análisis se observa un problema de
razonamiento jurídico de prueba, tipo de problema que deviene sobre el valor y funcionamiento
que se hace a través de cargas probatorias, la valoración de algún tipo de prueba sobre la plataforma
fáctica a resolver o sobre presunciones legales. (MacCormick, 2014). Ya que, el tribunal de origen
obvió y minimizó las pruebas recolectadas al concluir que el abuso solo se trató de un tocamiento
o rozamiento, sin valorar adecuadamente el testimonio de la víctima, ni los peritajes psicológicos
y médicos.
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