Locación de servicios y su proyección en el derecho laboral
Date
2023-11Author
Zabala Arias, Julieta Beatriz
Abstract
En este trabajo se realizará el análisis de un fallo jurisprudencial cuyo tema es
sobre los derechos fundamentales del trabajo. Para ello se eligió la sentencia: Harlap, Ana
María c/OSDE Organización de Servicios Directos Empresarios s/despido. (Corte Suprema
de Justicia de la Nación, fallo 344:711, 2021).
Lo relevante de este fallo para los miembros de la Corte fue determinar si se estaba
en presencia de un contrato de locación de servicios o de un contrato de trabajo.
La locación de servicios en los últimos años fue sospechada de fraudulenta
y casi eliminada por la Justicia laboral, puesto que en los juicios relativos a locaciones de
servicios, los jueces solían –y suelen- considerar que se trata de una figura “fraudulenta”, que
esconde la realidad de un contrato de trabajo no registrado. De esta manera, hacen prevalecer
por sobre todo el plexo normativo, la presunción iuris tantum del art. 23 de la Ley de Contrato
de Trabajo. (Ley 20744, 1974, art. 23)
Con la sanción y entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la
Nación, existe una nueva reflexión en la que cobran especial relevancia los artículos 1251 y
1252 sobre el contrato de locación de servicios. (Ley 26994, 2014)
Para dilucidar esta cuestión la CSJN tuvo en cuenta los medios de prueba
conducentes para la controversia. DESTACADO
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