Abordando la violencia de género: legítima defensa y juzgamiento con perspectiva de género
Abstract
El caso nos presenta un problema lógico donde nos encontramos con un conflicto
entre dos normas de distinta jerarquía, en la que el Juzgador apuntaló su decisión en
diversas fuentes normativas, especialmente en Tratados Internacionales por Perspectiva
de Género, con Jerarquía Constitucional. Tratados como la CEDAW, la Convención
Belém do Pará y la Ley 26485. Interpretó que el caso debía ser analizado desde una
perspectiva de género, conforme los preceptos internacionales y nacionales mencionados,
y encuadrarse en la figura de la legítima defensa (art.34 inc.6 del CP).
La elección de este fallo se debe a que en un contexto donde la inseguridad se ha
apoderado de las calles, y en la sociedad cada vez se discute con más fuerza si legítima
defensa si o legítima defensa no, como una justificación para actuar en defensa propia o
de la familia cuando alguien irrumpe en un domicilio y pone en riesgo la seguridad.
La sentencia resulta interesante debido a que el Juzgado de Control emitió una
resolución sobresaliente, al sobreseer a la mujer acusada de matar a su ex pareja, padre
de sus hijas. En lugar de limitarse a un análisis prematuro y simplista de un caso más de
homicidio donde un individuo mata a otro, se consideró la excepcionalidad de la legítima
defensa y se abordó toda la situación desde una perspectiva y óptica de género, lo que
definió la solución del caso. DESTACADO
Collections
The following license files are associated with this item: