Discriminación laboral por edad, derechos esenciales afectados y la necesidad de nuevas herramientas probatorias
Date
2023-11Author
Busolini, Antonella Celeste
Abstract
Los derechos fundamentales del trabajo, son aquellos valores mínimos aplicables
y exigibles a todos los países independientemente de su nivel de desarrollo, son
considerados derechos universales y conforman el abanico de los derechos humanos,
Convenio OIT (1998). Deben ser protegidos y regulados universalmente por los diversos
Estados y sujetos de derecho que conforman las relaciones sociales y laborales. Dentro
del abanico de los derechos fundamentales del trabajo encontramos la eliminación de la
discriminación en materia de empleo y ocupación, Convenio OIT (1998). Esta
discriminación comprende diversos aspectos, entre ellos la edad del trabajador.
En nuestra Carta Magna el artículo 14 bis específicamente regula la protección
contra el despido arbitrario. Asimismo, el artículo 16 recepta el principio de igualdad ante
la ley. Cuando hablamos de igualdad lo hacemos entendiéndola como un derecho
fundamental, pilar de las sociedades justas, y cuyo objetivo es evitar fracturas y
separaciones sociales entre los miembros que las componen.
Los autos (Sala novena, Cámara del Trabajo, Secretaria 17, (2022) Z.P.M c/
Distribuidora del Gas del Centro S.A , sentencia número 417, fecha 28/11/2022), tratan
el instituto del despido arbitrario por discriminación a razón de la edad de la trabajadora. DESTACADO
Collections
The following license files are associated with this item: