Amplitud probatoria en cuestiones de género
Abstract
La justificación del fallo en análisis, radica en que sentó bases jurisprudenciales
en la provincia de Mendoza, cuando el máximo Tribunal tuvo que dirimir y dilucidar
situaciones de violencia de género en las que lo corresponde la aplicación de perspectiva
de género. La relevancia del fallo encuentra sustento en relación al compromiso generado por
el Estado para investigar y suprimir todo tipo de violencia contra la mujer y lo respalda
como garante de los derechos de la sociedad para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra la mujer en la Convención Belem do Pará, ley N° 24.632 y en el
reconocimiento nacional de la ley N° 26.485, de Protección Integral a las Mujeres en las
que el Estado Nacional adhirió.
En tanto la sentencia bajo análisis, en esta, suscita un problema jurídico de prueba,
entendida como aquella que observa el recurrente cuando el Segundo Tribunal Penal
Colegiado de la Primera Circunscripción no encuentra respaldo probatorio en los dichos
de la señora M. C. L. y en la fundamentación del informe del E.De.A.A.S y los
testimonios de la Lic. Cucchi y Lic. Riveros y sin embargo, dicta sentencia en perjuicio
del señor J. D. C. P. Podemos observar que en el análisis del fallo se afecta la premisa
fáctica del silogismo y corresponde a la indeterminación que surge de la laguna de
conocimiento, es por ello, que el juez debe resolver de cualquier manera la causa
aplicando presunciones legales y cargas probatorias DESTACADO
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