Subrogación uterina: el rol de la voluntad procreacional en la búsqueda de igualdad entre los géneros
Date
2023-11Author
Lucione, Florencia Antonella
Abstract
El tema que abordaremos es la gestación por sustitución, también llamada subrogación
de vientre y/o maternidad subrogada, entre otras denominaciones. Tal como sostiene
Luciana Scotti, la técnica referida es el compromiso entre una mujer, llamada ́mujer
gestante ́, a través del cual ésta acepta someterse a técnicas de reproducción asistida
para llevar a cabo la gestación en favor de una persona o pareja comitente, llamados él o
los ́subrogantes ́, a quien o a quienes se compromete a entregar el niño o niños que
pudieran nacer, sin que se produzca vínculo de filiación alguno con la mujer gestante,
sino con él o los subrogantes.
En Argentina las técnicas de reproducción asistida se encuentran reguladas mediante la
Ley N° 26.862 (2013). Si bien la subrogación no se encuentra entre las formas de
THRA que contempla la normativa, la discusión doctrinaria acerca de la legalidad de la
práctica es tan vasta como para procurar entender los alcances del derecho vigente en la
materia. En efecto, la presente versa sobre las consideraciones esgrimidas en el
pronunciamiento efectuado en fecha 28/08/2020, por la Sala I de la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Civil en el marco de los autos “(S., M.D. y otros c/A., S.S.
s/Filiación, 2020)”, Expte. N° 55.012/2017. DESTACADO
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