Estado de necesidad disculpante y su interpretación en un marco de violencia de género
Abstract
Esta nota a fallo intentará desentrañar, mediante análisis, la sentencia traída a colación
y la manera que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, estableció un
veredicto, abarcó e interpretó las palabras de las normas en juego, para entender los supuestos
necesarios que configuran el instituto de Estado de Necesidad Disculpante, bajo un hecho de
violencia de género y que por un sistema piramidal de leyes como el vigente, se ha visto en la
obligación de hacerlo bajo una perspectiva de género.
Por lo tanto, la tarea llevada aquí conlleva a considerar la relación existente entre la
configuración del instituto y su integración con las pautas impuestas por los Tratados
Internacionales, para así impartir justicia con perspectiva de género.
Así, la norma es observada desde otro marco y generará efecto diferente a la hora de
interpretar la culpabilidad del acto. Verbigracia, que el peligro de la afectación de un bien
jurídico, en el contexto de violencia de género, suele tornarse permanente atento a las
mecánicas de las relaciones en que un hombre ejerce violencia hacia la mujer. DESTACADO
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