El reconocimiento de los acúfenos como enfermedad profesional no listada
Abstract
En el presente trabajo se analizará la sentencia “Cortese Walter Antonio c/ La
Segunda ART S.A s/ Enfermedad Profesional (Expte no 1294/SL)” de la Sala II Laboral
de la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú, emitida el 14 de diciembre de 2020.
El análisis del caso es relevante pues los jueces de la Cámara deben determinar
si una enfermedad no enlistada en el decreto de enfermedades profesionales, como lo es
la disminución auditiva con acúfeno permanente, tiene su causa en el trabajo para ser
considerada indemnizable por la aseguradora de riesgos de trabajo (ART). Es así que
este fallo muestra la relevancia de la producción probatoria en casos como el aquí
desarrollado para que sean tenidos en cuenta como precedentes a los que acudir en
situaciones similares incorporándose a los criterios técnicos del tribunal. Así también
demuestra que el sistema cerrado de enfermedades profesionales se constituye, en
muchas ocasiones, en una traba ilegítima a los derechos de los trabajadores que sufren
contingencias, vulnerando su integridad física.
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