El estado de necesidad justificante o excluyente aplicado con perspectiva de género en delitos de tráfico de estupefacientes

Fecha

2023-09

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Resumen

El fallo en análisis el Ministerio Publico Fiscal impugna la sentencia dictada por el Juez Mario Héctor Juárez Almaraz, integrando el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, alegando que se aplicaron erróneamente las prescripciones previstas en el Art. 34 Inc. 3 del Código Penal, en tanto se decidió absolver a la Sra. M. R. en base a que se cumplían los requisitos para el eximente de Estado de Necesidad Justificante o Excluyente previsto en nuestra normativa: a) que el mal causado sea ‘menor’ que aquel que se quiso evitar; b) que el mal que se pretendió evitar sea ‘inminente’ y c) que el agente no sea ‘responsable’ del mal que después quiere neutralizar lesionando otro bien jurídico (Zaffaroni, 2007). Para ello, ameritó las condiciones y circunstancias de vida experimentadas por la Sra. M. R., única fuente de sustento económico de su grupo familiar, con el agregado que M.R. varios años fue víctima de violencia por parte de su ex pareja y la menor de sus hijas necesitaba una cirugía urgente. Fue así que, consideró la aplicación de la Ley N° 26485 de Protección Integral a las Mujeres y Convención sobre los Derechos del Niño, asegurando el juez de 1ra Instancia que, el caso debe ser analizado en el contexto de violencia de género dado el ámbito doméstico en el cual se observan las características históricas de desigualdad de poder entre los varones y mujeres y las características propias del ciclo de violencia.
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Palabras clave

Nota a fallo, Perspectiva de género, Necesidad justificante

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