Interpretación jurídico penal del término relación de pareja, con perspectiva de género
Abstract
Se seleccionó la materia de género en razón de que, si bien no resulta un tema novedoso en lo que a conciencia social se refiere, si lo es en doctrina, jurisprudencia, y especialmente en nuestros cuerpos legislativos, que aún se están adaptando progresivamente a la tutela de derechos y la penalidad de conductas relativas a la materia de género, lo que
denota la necesidad de un estudio y análisis que contribuya a su conocimiento, y genere en los operadores jurídicos la debida diligencia reforzada que se debe tener en esta materia.
Desde el año 2012, se han introducido reformas legales para penalizar en forma específica ciertos homicidios contra mujeres. Estas figuras penales dotan de reconocimiento particular a homicidios que son considerados una expresión extrema de “violencia contra las mujeres”, esto es, que se comenten en contra de mujeres y están basados o motivados en su género.
Sin embargo, existe un importante grado de resistencia por parte de académicos, juristas, incluyendo abogados, jueces y fiscales, frente a este tipo de leyes, ya que, en ocasiones la redacción de las normas son particularmente imprecisas que, como veremos sucedió en la decisión del Tribunal de primera instancia del fallo que se analizará en el
presente trabajo, en el cual resultó beneficiado el acusado, por haber sido condenado a la pena de dieciocho años de prisión, cuando finalmente el injusto penal cometido le correspondió la pena de prisión pertpetua. DESTACADO
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