Abstract
El tema de la violencia económica y su articulación con el cese de la unión
convivencial será el eje medular del presente análisis. Por lo que se parte por reconocer
que la lucha por la prevención y erradicación de la violencia de género constituye un
compromiso legislativo asumido por Argentina mediante la ratificación de la Convención
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW)1
con raigambre constitucional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra La Mujer - "Convención de Belem do Pará"2
, y la ley 26.485
de Protección Integral a las Mujeres3
como pilares fundamentales de un compromiso
asumido frente a la necesidad de erradicar la violencia contra la mujer en todos los
ámbitos de la esfera en la que esta se desenvuelve.