Abstract
En la legislación laboral argentina rige el principio de no discriminación que se
encuentra expresado en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, normativa que prohíbe
todo tipo de discriminación entre los trabajadores por cualquier motivo; ya sea sexo,
raza, religión, nacionalidad, gremial, etc.
En este fallo se configura un despido sin causa que se da a raíz de que el trabajador el
Sr. Varela, se encontraba desarrollando actividad sindical en defensa de los intereses de
sus compañeros trabajadores como consecuencia de lo que, él considera, ciertas
arbitrariedades por parte de la empresa en la cual se desempeñaba como empleado.
El caso en cuestión es de gran trascendencia, pues refleja el criterio de los tribunales
en relación a la libre participación sindical, figura angular dentro de los derechos de los
trabajadores, por lo que lo deducido por los magistrados resulta un claro, antecedente
jurisprudencial en la materia.