Abstract
Es de público conocimiento que la lucha por los derechos de las mujeres es un
acontecimiento que data de años atrás y que se mantiene vigente, por lo que no resulta
algo innovador, como si lo es, en cambio, la aplicación jurídica al caso concreto de la
igualdad de género, lo que según la ONU no significa que hombres y mujeres deban ser
tratados como idénticos, sino que el acceso a oportunidades y el ejercicio de los
derechos no dependan del sexo de las personas (ONU Mujeres, 2015, pág. 4). La
misma, ha comenzado a verse manifestada por los magistrados en los estrados del Poder
Judicial, para resolver cuestiones que muestran situaciones en las que la mujer se
encuentra ubicada en un rango inferior, vulnerándose sus derechos en gran medida.
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