Derribando mitos androcéntricos hacia la igualdad real entre mujeres y hombres

Fecha

2023-06

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Resumen

El fenómeno de la violencia en la actualidad aqueja e interpela a todos, particularmente la violencia de género, puesto que se reproducen y sostienen patrones socio-culturales, cosmovisiones y valores que sustentan formas de agresiones solapadas, que hacen que aparezcan como normales. Seguidamente se analizará el fallo de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia de Mendoza, caratulado “Rodríguez Silvina Edith en J°251581/53333 Mendoza Claf S.A. c/ Rodríguez Silvina Edith P/ Reivindicación P/ Recurso Extraordinario Provincial” de fecha 14 de Junio de 2021, recurso presentado ante el rechazo de la Apelación a la excepción por simulación presentada por la demandada, disponiéndose la restitución del inmueble que la actora reivindica. El tribunal a quo descarta el tratamiento bajo perspectiva de género, dado la especificidad del tema resuelto. El aporte del mismo reside en la valoración de los hechos de violencia de género para la resolución de una pretensión de carácter netamente del derecho civil, dirimiendo en la disyuntiva del interrogante de ¿se debe aplicar únicamente los elementos técnicos jurídicos que contiene la acción impetrada? o, ¿juzgar los hechos desde una mirada con perspectiva de género? que, aún sin desechar los componentes técnicos jurídicos que la acción involucrada, también se orienta a la prevención, erradicación y sanción de la violencia de género, fenómeno que es transversal a todas las ramas del derecho.
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Palabras clave

Nota a fallo, Cuestiones de género, Perspectiva de género

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