Tutela del despido por matrimonio en la nueva concepción de familia
Abstract
En la presente nota a fallo se analiza la sentencia de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación, (en adelante la Corte), de fecha 24 de septiembre de 2020 caratulada en
autos como "PUIG Fernando Rodolfo c/ Minera Santa Cruz S.A. s/ despido". Resulta
importante destacar que esta última va en dirección a sentar bases importantes como
precedente jurisprudencial en materia laboral para aunar, considerar, analizar criterios y
consideraciones en la aplicación presuntiva de la procedencia de la indemnización por
despido en período tutelado por matrimonio en los términos de los arts. 180, 181 y 182
de la Ley de Contrato de Trabajo (en adelante LCT).
En el mismo sentido, el fallo de la Corte resulta novedoso en el marco de la
aplicación práctica y tribunalicia, y también para el contexto actual en referencia a la
nueva concepción de familia. Es decir, que en sentido de la época presente en la que se
lucha y se evidencian avances por la equiparación / igualdad de géneros, el trabajador
varón a partir de este fallo es equiparado de forma tutelada a la mujer en protección del
matrimonio. Cabe destacar que en la práctica tribunalicia la protección solo operaba
automáticamente para la mujer trabajadora. De esta manera, se pone de manifiesto la
relevancia del fallo del máximo tribunal representando un giro importante en el tema. DESTACADO
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