Abstract
En los últimos años, según Grisolia (2011), se han producido cambios de tendencia
en la jurisprudencia la que mediante distintos instrumentos ha posibilitado la reinstalación
al puesto de trabajo de activistas y representantes gremiales despedidos que no gozaban
de la tutela especial prevista en los artículos 48 a 52 de la Ley de Asociaciones Sindicales
N° 23.551.(LAS).
En este marco, las estructuras descentralizadas y los lugares de trabajo adquieren
relevancia en la medida que se configuran como los escenarios donde se desarrollan los
conflictos con las empresas y a su vez donde empiezan a cristalizarse las tensiones en el
interior de las estructuras sindicales como así también entre organizaciones que se diputan
la representación de un mismo colectivo y en nuevas estructuras gremiales en
organizaciones donde no había representación gremial.