El acoso sexual de la mujer en el lugar del trabajo, el relato de los hechos y la dificultad de su prueba
Abstract
El acoso sexual en el mundo del trabajo es un fenómeno provocador de daños
graves en la integridad física y psíquica de sus víctimas violentando su dignidad y
privacidad cuyos efectos negativos se expanden a nivel empresarial y social. En
términos generales, éste acto ilícito se configura cuando el empleador o un superior
jerárquico demanda actos o favores de naturaleza sexual a un inferior, aprovechándose
de su estado de subordinación, cuyo cumplimiento puede llegar a tener consecuencias
en la relación de trabajo (Chartzman Birenbaum, 2011).
Sobre la temática expuesta trata el comentario de la sentencia de la Sala II de la
Cámara de Apelaciones del Trabajo de Salta “Ch. A., A. V., c. Castaño, María Jesús –
Ordinario” dictada en noviembre del año 2020 que será objeto del presente trabajo. El
decisorio gira alrededor de la determinación de la existencia de un abuso sexual dentro
del trabajo denunciado por la actora y, en consecuencia, si ésta incurrió en abandono de
trabajo (tal como lo sentenció primera instancia) o si se colocó legítimamente en
situación de despido indirecto.
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