Abstract
El fraude laboral que comete un empleador al contratar bajo la forma de la locación
de servicio sea que ya esté inscripto en el monotributo o lo haga inscribir con dicha figura,
cuando en realidad es un empleado en relación de dependencia es una modalidad muy
común actualmente, y que adquiere gran relevancia. El principal derecho que se viola
cuando se cometen estos actos de mala fe, es el derecho del trabajo y de la seguridad
social, contemplado en el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional Argentina. En el
mismo se menciona que el trabajador gozará de la protección de las leyes, haciendo
referencia al resguardo de la persona más vulnerable en una relación laboral, el empleado.
La pasividad de este último surge porque ante la amenaza de ver coartada la posibilidad
laboral, acepta tales desventajosas condiciones, lo que motiva el aprovechamiento
fraudulento por parte del empleador.