Abstract
El Derecho Laboral se encuentra impregnado de un conjunto de derechos y
obligaciones que demarcan los límites dentro de los cuales se desenvuelven los sujetos
comprometidos. Fundamentalmente, este marco confiere un grado de protección
ampliamente destacable en beneficio de la parte más débil: el trabajador (Ortiz & Escobar,
2017).
Conforme a la existencia concreta de un vínculo laboral que fuera establecido, es
necesario destacar que de acuerdo a la Ley n° 20.744 - Ley de Contrato de Trabajo (LCT)
(BO 27/09/1974), el contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entiende celebrado
a prueba durante los primeros tres meses de vigencia (art. 92 bis). En tal caso, cualquiera
de las partes puede extinguir la relación durante dicho lapso de tiempo sin expresión de
causa, y sin derecho a indemnización con motivo de la extinción, pero con obligación de
efectuar el preaviso correspondiente.
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