Artículo 3 Ley Provincial N° 10.456. Análisis de su constitucionalidad

Fecha

2023-02

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Resumen

La ley 27.348 Complementaria de la Ley de Riesgos del Trabajo presenta como principal objetivo brindar la necesaria cobertura y mayor accesibilidad de las prestaciones establecidas por el sistema mediante el régimen reparatorio de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales por los daños sufridos por el trabajador en virtud de ellos (Macoretta, 2017). La norma, entre las disposiciones que conforman su Título I establece como instancia administrativa, previa, obligatoria y excluyente de toda otra, el paso por las comisiones médicas por parte del trabajador para la determinación del carácter profesional del accidente o enfermedad, el grado de incapacidad y las prestaciones dinerarias correspondientes (artículo 1°). Asimismo, regula que a la revisión de lo resuelto por ellas la realizará la Comisión Médica Central o el trabajador podrá acudir a la justicia ordinaria del Fuero Laboral (artículo 2°). Por su parte, crea el Servicio de Homologación en el ámbito de las comisiones médicas jurisdiccionales y se fijan los plazos en que deberán expedirse (artículo 3°). Finalmente, invita a las provincias a adherirse a lo dispuesto por ella (artículo 4°).

Descripción

Palabras clave

Nota a Fallo, Constitucionalidad, Ley Nacional 27.348.

Citación

Colecciones