Abstract
La Ley n° 26.485 para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las
Mujeres, sirve de herramienta indispensable para la resolución de conflictos en los
cuales la integridad de mujer es menoscabada y puesta en situación de vulnerabilidad.
La órbita familiar, lejos de estar exenta, constituye un ámbito en el cual se suscitan este
tipo de avasallamientos. El modelo clásico familiar ha ido mutando y el hombre ha
dejado de tener la potestad para decidir a su criterio la distribución de los roles y el
manejo exclusivo del patrimonio.
Esta sentencia marca un antes y un después en la jurisprudencia ya que en la
misma se reconoce y se le otorga “una cuantificación a las tareas del hogar”. La Cámara
Octava de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba en autos “V., P.
G. c/ F., W. E. – Ordinario- Otros” 26/12/2019 discrepa con la resolución brindada por
el Inferior que realizó un examen acotado y estricto de las pruebas que conllevó al
rechazo del petitorio.
DESTACADO