Avanzando y garantizando la tan mentada, libertad sindical
Abstract
El siguiente fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia, (a partir de
ahora CSJN), contiene particulares aristas, de diversa índole que permitieron realizar un
análisis a lo largo de esta nota a fallo.
El problema jurídico del fallo es axiológico ya que se esboza un conflicto
jurídico entre la decisión adoptada por el tribunal a quo quien al considerar razonable la
limitación de la libertad individual constituida por una prohibición de participar en
reuniones multitudinarias en el ámbito de la ciudad de San Pedro de Jujuy, asimismo
incurrió en una restricción desproporcionada de derechos de raigambre constitucional,
con aristas individuales y colectivas, sin fundamento alguno y excediendo el propósito de
resguardar el proceso criminal. Según Alchourrón y Bulygin, “el problema axiológico
remite a determinar si una propiedad debe o no ser relevante para un universo de acciones
(designado UA) determinado, es decir que existe un criterio para indicar esta importancia,
la cual no es relativa. Además, se puede precisar que el problema axiológico ayuda a
indicar con precisión si un sistema normativo es completo con respecto a una unidad de
acción” (Alchourrón y Bulygin, 2012). DESTACADO
Collections
The following license files are associated with this item: