Aplicación igualitaria de la presunción de despido por matrimonio
Abstract
C.S.J.N., “Puig, Fernando Rodolfo c/ Minera Santa Cruz S.A. s/ despido”.
El Tribunal Supremo de la Nación en el presente fallo efectúa una minuciosa interpretación de la presunción del despido por matrimonio establecida en la LCT.
La presunción en análisis protege a la mujer y al varón trabajador.
La ley 12383 dio base legal a la protección del despido por matrimonio.
Correspondía a los trabajadores documentar fehacientemente la relación causal del
despido con el matrimonio.
El proyecto de ley integral de trabajo (1974) instituyó un sistema presuncional
únicamente favorable a las trabajadoras. El Parlamento quitó el supuesto de aplicación
"personal de mujeres", generalizo el supuesto de aplicación al "personal", y por vía de
excepción se hace extensiva al trabajador varón.
La ley 21297 (1976) suprimió el art. 299, sin reincorporar al supuesto de
aplicación la expresión "personal de mujeres".
La protección contra el despido por matrimonio quedo redactada en un capítulo
autónomo, dentro del título "Trabajo de mujeres".
No se reconoce una interpretación única de la presunción del despido por
matrimonio del trabajador varón, en la doctrina y en la jurisprudencia.
El bien jurídico protegido es la institución del matrimonio frente al despido. DESTACADO
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