Labor de choferes de colectivo: discriminación por género
Abstract
En los autos “Borda, Erica c/ Estado Nacional (Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seg. Social de la Nación) y otros s/acción de amparo” resuelto por la Sala II de la Cámara
Nacional del Trabajo (11/10/18), la actora vió vulnerado su derecho a obtener trabajo
como chofer e interpuso una acción de amparo por discriminación en razón del género
fundada en los arts. 43 de la CN y 25 de la CADH contra los mencionados ut supra
conjuntamente con las empresas Los Constituyentes SAT; Transportes Avenida Bernardo
Ader S.A. y Transporte Escalada SAT.
Así las cosas, la importancia que reviste esta causa se refleja en que deja traslucir
la exclusión de hecho de las mujeres en el mercado laboral, específicamente, como
choferes de colectivos. Y que, la resolución de la misma, conlleva a tomar medidas de
acción positiva cuya finalidad es garantizar la igualdad real de oportunidades y trato;
limitando los impedimentos sociales y culturales que los condicionan.
Consecuentemente, ordenar a las empresas demandadas a que confeccionen un Protocolo
de Buenas Prácticas para la selección de personal con perspectiva de género, lo cual hace
que esta sentencia sea digna de estudio. DESTACADO
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