La importancia de las instituciones en fallos de violencia de género
Abstract
En la siguiente nota a fallo se analiza una sentencia firme de la Suprema Corte de
Justicia de Mendoza donde se juzgó un delito de femicidio, el día 8 de enero del año 2021 - Sala
Segunda Poder Judicial Mendoza CUIJ: 13-04879157-8/1((018602-97026)) FC/ DI CESARE
MELLI, ANDRESS SALVADOR P/ HOMICIDIO AGRAVADO (97026) P/ RECURSO
EXT.DE CASACIÓN.
Julieta González perdió la vida de una manera violenta, el trágico final que tuvo fue a
manos de Andrés Di Cesare, un hombre con el que tenía una relación de afinidad cercana, el
tribunal de juicio encargado de impartir justicia en la primera sentencia, no contemplo que haya
mediado violencia de género en este caso por no haber existido antecedentes de violencia entre la
víctima y victimario, de manera que contando con todo lo necesario para que se estableciera de
esta manera, no fue considerado un caso de violencia de género.
Uno de los problemas jurídicos que se hace presente en el fallo, es de tipo lingüístico
debido a la vaguedad que existe en torno al concepto de “Relación de pareja” ya que el tribunal
de primera instancia resolvió que no existía una relación, fundando su postura en la “unión
convivencial” del Código Civil1 donde expresa que para poder configurarse esta unión entre dos
personas, se deben cumplir una serie de requisitos que no existieron entre la víctima y victimario
para establecer una relación. DESTACADO
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