Abstract
La presente nota a fallo analiza el precedente dictado por la Corte Suprema de
Justicia de la Nación “Ocampo, Alessio Matías Yair c. BGH SA s/ despido”, con fecha
de sentencia 10 de Septiembre de 2020. En el mismo se estudia la eficacia que se le
debe otorgar al acuerdo entre voluntades que tiene como fin extinguir el vínculo laboral
de forma concurrente, conforme lo consignado en el artículo 241 de la Ley de Contrato
de Trabajo (en adelante LCT). De este modo, se discute la operatividad del acuerdo de
extinción por escritura pública debido a que los tribunales inferiores imponen como
requisito para que este instituto adquiera plena validez que dicha formalidad sea
sometida a homologación, tal como se exige para conciliaciones en el marco del artículo
15 de la LCT.
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