Abstract
La perspectiva de género aplicada al derecho ha tenido una significativa evolución en
la última década, generando en la actualidad un importante cambio de tipo social y cultural.
Este tribunal dicta sentencia con una mirada puesta en la perspectiva de género, resaltando
principalmente las diferencias que existen entre los hombres y las mujeres tanto desde un
punto de vista biológico como cultural. A su vez, se resalta a lo largo del fallo la obligación
por parte del Estado para atender prioritariamente “el interés superior del niño” en todos
aquellos casos en donde estos se vean afectados (Ley 26.061 CCYC). Motivo que debe ser
central y direccional para todo el proceso, orientando y condicionando toda decisión llevada
a cabo en cualquier instancia del recorrido judicial.
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