El STJ convalida un despido en pandemia por encontrarse el trabajador en periodo de prueba
Abstract
En el caso a analizar, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Rio Negro (STJRN), debió decidir la procedencia de un recurso de inaplicabilidad de ley contra una sentencia de fecha 04/02/2022 de la Cámara del Trabajo de Cipolletti. El Juzgado de primera instancia hizo lugar a una medida autosatisfacía, promovida por el Sr. Sebastián Alberto Jara, tendiente a su reincorporación en el puesto de trabajo y el pago de las remuneraciones desde que fue despedido hasta su efectiva reincorporación, todo ello con fundamentación en la prohibición de despidos vigente. (DNU 329, 2020).
El Sr. Jara ingresa a trabajar el 02-03-20 en Aberturas de Aluminio S.A, cumpliendo funciones de peón y dentro de las prescripciones del CCT 260/75. El 27-04-20 es notificado por su empleador de la extinción del contrato de trabajo a partir del 10-05-20, enmarcado en la finalización del periodo de prueba. (Ley 20744, 1976, art. 92).
Destaco que la normativa traída al análisis por la parte actora, DNU 329/20, es sancionada dentro de la vigencia del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) dictado en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la Pandemia declarada en relación con el coronavirus COVID-19, lo cual permite afirmar que el fallo cuenta con una relevancia social y política, toda vez que su decisión impacta directamente en el motivante de su sanción, es decir, impedir la consumación de despidos durante el transcurso del ASPO en aras de salvaguardar los puestos de
trabajo, sin que pueda advertirse a priori que la norma hubiera introducido distinciones. DESTACADO
Collections
The following license files are associated with this item: