Aplicación de perspectiva de género en el proceso de valoración de la prueba
Abstract
A partir del convencimiento de que un Estado inclusivo y una sociedad
activa son dos caras de la misma moneda, se plantea la importancia de la deliberación
social y de abrir canales de participación democrática en la elaboración, el seguimiento
y la evaluación de los planes de igualdad. La violencia de género se refiere a los actos
dañinos dirigidos contra una persona o un grupo de personas en razón de su género.
Tiene su origen en la desigualdad de género, el abuso de poder y la existencia de
normas dañinas. El término se utiliza principalmente para subrayar el hecho de que las
diferencias estructurales de poder basadas en el género colocan a las mujeres y niñas en
situación de riesgo frente a múltiples formas de violencia. Adhiero a que: “El juzgar con
perspectiva de género lejos de ser una moda jurídica es una obligación legal. Encuentra
su fundamento y respaldo en el derecho a la igualdad y a la no
discriminación reconocidos en nuestra Constitución Nacional y en los tratados
internacionales de derechos humanos que el Estado Argentino ha suscripto e
incorporado al ordenamiento mediante el artículo 75, inciso 22 de la Constitución
Nacional (art. 16 CN; art. 1, DUDH, y arts. 1.1 y 24, CADH)” (Sosa M.Julia, 2020,
Hechos y cifras: Poner fin a la violencia contra las mujeres).
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