Abstract
En el fallo analizado el problema jurídico detectado radica en la contradicción entre el
dictamen del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba y la normativa
Constitucional a saber: arts. 14, 16, 17, 18, 19,30 ,31 y 75 inc. 22, ley nacional 23592
“Actos Discriminatorios” y ley 20744 “Régimen de Contrato de Trabajo”.
Entonces, se violan Principios Fundamentales como derecho a la igualdad, a la
propiedad y al debido proceso, el derecho a peticionar y los principios de legalidad y
reserva.
Teniendo en cuenta la Supremacía Constitucional, se advierte la inconstitucionalidad y
arbitrariedad en la resolución emitida por el TSJ de Córdoba, porque normas inferiores se
contraponen con normas superiores mencionadas ut supra.
En tanto, la transversalidad de los actos discriminatorios que afecta la vida de las
personas en sus diferentes ámbitos de desenvolvimiento, también se manifiesta en lo
laboral, específicamente en el despido discriminatorio de la actora.